READMISION DEL TRABAJADOR

READMISION DEL TRABAJADOR

PILDORA JURIDICA:

Readmisión tras declaración de improcedencia del despido/readmisión irregular.

Tras la declaración como improcedente de un despido, es opción del empresario readmitir al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, así como al abono de los salarios de tramitación o por el contrario a abonarle la oportuna indemnización por despido (art. 110 de la LJS).

Teniendo en cuenta la redacción literal del precepto legal, la readmisión del trabajador debe hacerse «en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido». No obstante, debe señalarse que ningún criterio para estimar irregular la readmisión es automático, ya que siempre es posible analizar las circunstancias concurrentes en cada caso, sin omitir las posibilidades modificativas de las condiciones de trabajo que están al alcance del empresario. 

Si el trabajador ha demandado y ha obtenido una Sentencia que declara el despido improcedente la empresa tiene 5 días para optar entre indemnizar al trabajador o readmitirlo. Importante es una opción de la empresa, no del trabajador y si la empresa no ha optado se debe presentar el incidente de no readmisión. 

Una vez presentado la solicitud de Incidente de No Readmisión, el Juzgado tendrá que citar al trabajador y a la empresa a una comparecencia en el que se discutirá el motivo por el cual la empresa no ha readmitido al trabajador. En este acto, es la empresa la que tiene que demostrar que ha procedido conforme a la ley y que no ha readmitido por algún incumplimiento del trabajador o por alguna imposibilidad que se lo impida de forma justificada (cierre de la empresa, imposibilidades materiales o legales…).

Consecuencias del incidente de no readmisión
 
En el caso de que se considere que la empresa debía de readmitir y no lo hizo el Juzgado deberá decretar:

La extinción de la relación laboral a fecha de la resolución en la que resuelva el Incidente de No Readmisión.
El pago de los salarios de tramitación desde la fecha de la sentencia hasta el día que se extingue la relación laboral.
El pago de la indemnización por despido improcedente.