Ha sufrido un accidente en el trabajo, o de tráfico, no se preocupe, somos especialistas y nos encargaremos de todo.
Ha sufrido una negligencia médica, o cree que se ha cometido un error médico con usted, consulte tenemos un equipo médico experto en valoración del daño corporal que estudia su caso.
Ha sufrido un daño, somos expertos en reclamar todo tipo de indemnizaciones.
Ha tenido un accidente de tráfico? Debe ir a urgencias en las 72 horas siguientes si ha sufrido lesiones.
Siga el tratamiento médico, las sesiones de rehabilitación, al mismo tiempo que debe conseguir los datos del vehículo contrario, aseguradora, conductor, sea peatón, conductor, ocupante, ciclista.
Contacte con un abogado experto, independiente de la aseguradora para garantizar el cobro de la máxima indemnización posible.
Si ha tenido un accidente en el trabajo, la Mutua se encargará de su asistencia médica hasta su alta.
Al final de todo el proceso y si tiene ya el alta médica, puede reclamar la indemnización que le corresponda si es culpa de la empresa. Es importante saber si ha habido acta de inspección de trabajo y si ha sido sancionada la empresa por infracción de la prevención de riesgos laborales y si hay recargo de prestaciones.
Solo abogados especialistas pueden conseguir la máxima indemnización. No se preocupe por si la empresa lo va a despedir, normalmente paga el seguro de responsabilidad civil que tiene la empleadora.
Y si del accidente deriva una incapacidad para la profesión habitual, una total o invalidez absoluta, esto incrementará el importe de la indemnización y será importante asesorarse en cuanto a la prestación mesual que le corresponde.
La negligencia médica no solo es una mala práxis, un error médico durante la intervención quirúrgica, sino una demora o un error en el diagnóstico, o en el tratamiento posterior.
Tanto sea un hospital público, como uno privado, existe la posibilidad de reclamar por los daños, las secuelas, el periodo de baja y rehabilitación. Tenga en cuenta que ha de esperar al alta médica para valorar el importe de la indemnización.
Existen varios tipos de despido:
1.- Disciplinario, sin derecho a indemnizacion.
2.- Objetivo, por causas económicas o estructurales, con una indemnización de 20 días por año.
3.- Improcedente: la empresa deberá optar por readmitirlo o indemnizarle a razón de 45 días por año trabajado hasta febrero de 2012, y a partir de esa fecha a 33 días por año.
4.- Nulo: Volverá a la empresa y se le abonarán los salarios de tramitación.
Debe tener en cuenta que si no está deacuerdo con el despido debe firmar la carta de despido, y escribir de su puño y letra "no conforme" y reclamar en el plazo de 20 días. Le redactamos, presentamos y acompañamos al SEMAC y si no hay acuerdo nos encargamos del procedimiento judicial.
Hay otros derechos asociados al despido, y otros derechos laborales o situaciones a lo largo de su vida laboral, como reducción de jornada, modificacion salarial, o de las condiciones en el trabajo para lo que debe contar con abogados expertos.
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