ABOGADOS ESPECIALISTAS EN HERENCIAS

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN HERENCIAS

Un abogado especialista en herencias ha de transmitir a su cliente los conocimientos o conceptos básicos para que entienda que sucedera con su herencia al fallecer.  Con ello consigue que su cliente pueda estar informado y tomar la decisión correcta y hacer un testamento a su medida y según las condiciones, relaciones de su familia, de sus hijos y su viuda, que evite en la medida de lo posible  muchos problemas a sus herederos, a sus descendientes y a su viudo o viuda. Por ello, les dejamos aquí un breve resumen de conceptos:

1.- Testamento abierto: es el más común se otorga ante Notario.

2.- Orden de suceder:  Artículo 807 del Código civil dispone:

Son herederos forzosos:

  1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este código.

3.- Su herencia se divide en 3 tercios: la legítima, la mejora y la libre disposición. 

      El tercio de legítima recae sobre los herederos forzosos y se distribuye en partes iguales.

      El tercio de mejora recae sobre alguno, varios o todos  los herederos forzosos, según decida el testador.

      El tercio de libre disposición, como su nombre indica, el testador tiene libertad para dejar a cualquier persona, institucion benéfica, administración.

4.- Desde el fallecimiento hasta la aceptación o renuncia, la herencia es conocida como herencia yacente.

5.- Desde la aceptación o renuncia podemos pasar al inventario y adjudicación de bienes, según las disposiciones testamentarias.

6.- Para este último punto del inventario y adjudicación sería conveniente que el testamento contemplara las figuras del albacea y contador partidor, que puede recaer sobre personas distintas o la misma.

7.- La desheredación, está prevista en supuestos muy concretos, en caso de violencia, denuncias, o motivos muy tasados.  Bien es cierto que la jurisprudencia ha incluido la figura del abandono o falta de contacto o relación durante años con el causante como causa de desheredación y es bastante más frecuente ahora desheredar a los hijos. La carga de la prueba de que existe causa de desheración corresponde en caso de que se impugne esta cláusula ( lo habitual ) es para el resto de herederos que tendrán que acreditar que se cierto lo dispuesto en el testamento.

8.- El reparto de la herencia, puede hacerse también por el propio testador, mediante la figura del legado.  El testador puede adjudicar bienes concretos a uno o varios de los herederos, disponer que se compensen las diferencias de los lotes en metálico, y en caso de negocios es conveniente mantener la unidad de explotación asignando la empresa o industria aquellos que la trabajan con preferencia a otros, o estudiar alternativas.

Esto es lo que un abogado especialista, debe valorar y comentar con su cliente, para que el testamento tenga la voluntad y las instrucciones concretas del testador lo mejor detalladas posibles.  Aún así es dificil evitar los conflictos si la herencia no se distribuye en partes iguales, porque normalmente el hijo o hijos que menos reciben, no terminar de aceptar nunca esta situación y se convierten en obstáculo para repartir la herencia de manera amistosa.

De esto modo, la gran mayoría de las herencia, no se aceptan ( herencia yacente ) o no se reparten, teniendo que instar la división judicial de la herencia. Es un procedimiento lento y costoso, donde han de intervenir peritos tasadores de inmuebles, puede que también administradores, si los bienes generan rendimientos y un contador partidor que forme los lotes.  Por eso, insistimos que acudir a un abogado especialista en herencias es fundamental para que el testamento simplifique en la medida de lo posible los problemas que son habituales en las herencias.  

En definitiva, no se conforme con ir a la Notaria y que le redacten un testamento sin saber que es lo que va a firmar y como afectará en el futuro al desarrollo de su sucesión.