Particulares: Segunda oportunidad

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CONSECUENCIAS ECONÓMICAS TRAS LA CRISIS SANITARIA DEL CORONAVIRUS, ¿Y SI ACUDIMOS A LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

La crisis sanitaria del Covid 19, en la esfera económica, está dejando a nivel mundial a millones de personas en una situación de insolvencia total, personas afectas a préstamos, embargos, créditos que tras la paralización de su actividad profesional ha conllevado a la minoración a cero en muchos casos de sus ingresos, no pudiendo vivir dignamente y hacer frente a los pagos que asumían de forma regular con anterioridad a la crisis del COVID 19.

¿Qué podemos hacer?

La solución=LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Conocido como “FRESH START” o SEGUNDA OPORTUNIDAD, es una realidad desde 2015, regulada en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social permitiendo a una persona física acogerse a un concurso de acreedores para liquidar su deuda y poder empezarnuevamente, partir de cero, ante situaciones que o bien se han agravado o que han surgido ante el parón económico provocado por la pandemia del Covid 19.

¿Quién se puede beneficiar de la Ley de Segunda Oportunidad?

El procedimiento de LSO está pensado para particulares y autónomos, existen unos límites, pero lo normal es que sí que se pueda acceder al mismo. No obstante, hay que analizar cada caso en concreto para ver si es el procedimiento idóneo o no.

¿Cómo se logra la exoneración de las deudas? La persona natural podrá obtener la declaración judicial de cancelación de deudas que, declarada en concurso, por encontrarse en situación de insolvencia, sea deudor de buena fe de conformidad con el artículo 178 bis de la LC.

Por tanto, es necesario para ello acreditar ser deudor de buena fe y realizar un acuerdo extrajudicial de pagos y pagar los créditos contra la masa (necesarios para el procedimiento).

Por ello, no lo dude y si necesita saber si puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, cuáles son los requisitos exigidos para iniciar el procedimiento, qué deudas se pueden cancelar, o si se cancelan para siempre, no dude en contactar con nuestro despacho.

¡¡ ESPERAMOS SU CONSULTA!!

 

 Leocricia González Abogados.

Leocricia González Abogadas